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REVOCATORIA CONTRA CIRCULAR DEL CGE

Mariana Lescaffette presentó un recurso de revocatoria contra una circular del Consejo General de Educación por coartar la libertad sindical. La circular instruye a directivos y supervisores escolares que verifiquen si lxs docentes dan clases efectivamente en el aula durante las horas de asambleas y luego informen. Se trata de una medida de fuerza tomada por el SEMAB-CEA en el marco del plan de lucha por salarios dignos, debidamente comunicada en tiempo y forma.

Con la firma de la secretaria general, el gremio docente presentó el recurso de revocatoria dirigido a la presidenta del CGE Daniela López. En la presentación recuerda que «el 04 de abril comunicó tanto al Ministerio de Trabajo y Empleo como al CGE, la realización de medidas de acción directa. La modalidad es de ASAMBLEAS, sin atención de alumnos en todos los turnos, en horarios rotativos, en todos los establecimientos educativos. Es a partir del 08 de abril y hasta que se solucionen las cuestiones que generan la medida».

Recuerda también que reclaman la «urgente convocatoria a Mesa de Diálogo para tratar recomposición salarial docente. Incremento al básico acorde al costo de vida. Pago en tiempo y forma del FOPID, no más salarios en negro. Cese de bloqueos ilegales de horas y cargos. Pago total de deudas salariales. Derogación total de las Resoluciones N°241/24 – 271/24 – 941/24 y Circular N°04/24 de la Dirección de Secundaria. Continuidad de los suplentes ante la no presentación de titulares que continúan de licencias, en cumplimiento del artículo76 del Estatuto del Docente. Regularización de las plantas funcionales de los IFD y Politécnicos para el pago regular de horas efectivamente trabajadas y titularizaciones acorde a ley».

Medidas amparadas por el derecho

En la presentación destacan que «la asamblea de trabajadores es una herramienta que contribuye a fortalecer la acción de las organizaciones sindicales. Es allí donde los trabajadores de cada establecimiento deciden, debaten, socializan información en forma conjunta y democrática».

Ponen de relieve también que «la realización de Asambleas es un derecho se encuentra en el artículo 4 inciso c) de la Ley N°23.551 de asociaciones sindicales. Las asambleas deben ser convocadas por las organizaciones sindicales o los representantes en los lugares de trabajo. Su funcionamiento puede estar regulado por los estatutos sindicales o puede ser definido por el conjunto de los trabajadores».

Informan también que las asambleas tienen sustento «en el fallo (CNTrab, «De Candia, José c/ S.A. La Razón EEFIC y A s/ despido»), que consideró que el ejercicio legal del derecho a ASAMBLEA». Presupone el cumplimiento de ciertos recaudos entre los que se encuentra la comunicación al empleador con la debida antelación a fin de que aquél pueda adoptar las medidas que permitan reducir al máximo las consecuencias de la interrupción del trabajo por el tiempo que demande la asamblea».

También ponen de manifiesto que «la convocatoria a Asambleas rotativas de 2 (dos) horas en el lugar de trabajo sin atención a alumnos fue realizada ante los incrementos salariales unilaterales totalmente insuficientes teniendo en cuenta el actual costo de la vida. Despreciando los mandatos de los trabajadores. Con el agravante del dictado de resoluciones que menoscaban derechos del trabajador. Como la continuidad, la estabilidad y otras condiciones laborales y las deudas salariales.

Por todo esto, el sindicato sostiene que la circular «es un intento disciplinador y una intervención en la vida sindical por parte de una autoridad administrativa, como lo es el CGE, que viola lo establecido en el Art. 3 del Convenio 87 de la OIT».

FUENTE: PRENSA SEMAB-CEA

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