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PIDEN INFORMES SOBRE CONTRATACIONES DIRECTAS

El proyecto presentado pide que se informen los términos de la licitación del Decreto N° 1553 de septiembre de 2020, publicado en el Boletín Oficial el 14/01/2021. Es sobre los refrigerios de niños y jóvenes, profesores, entrenadores y acompañantes de los finalistas provinciales de los Juegos Deportivos Misioneros edición 2020. También pide que se informe cuántos oferentes se presentaron y el valor cotizado por cada bandeja de refrigerio por parte de los otros.

El pedido se basa en que los juegos cambiaron su modalidad este año adaptándose a las circunstancias que atraviesa la sociedad. En este sentido la legisladora de Juntos por el Cambio afirmó que “resulta sumamente llamativo quee concretara la compra de las bandejas. Esto considerando que participarían desde sus domicilios o desde las instituciones autorizadas en cada municipio. Por lo que parece cuanto menos innecesaria, además de difícil y costosa concreción.”

VINCULACIÓN CON EL MINISTRO

Rafael Morgenstern al momento de asumir su actual cargo público en 2016, cedió las cuotas societarias de “TIHUANA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” a favor de su padre Raúl Ernesto Morgenstern. Al fallecer en abril de 2020, es uno de los herederos directos de las acciones (el Edicto de convocatoria a acreedores y herederos se publicó en  el Boletín Oficial 31 de julio, 03 y 04  de 2020).

Cabe destacar que no fue la primera compra hecha a sí mismo por el ministro. En 2017 hizo una compra directa a la firma Tihuana por $ 416.000 de 4.000 viandas, a 104 pesos cada una, según consta en el edicto publicado en el Boletín Oficial Nº 14391 Pág.3, el viernes 3 de marzo de 2017.

La Vicepresidente Segunda de la legislatura argumentó que “así como el nuevo escenario de este año, planteó la oportunidad para que jóvenes de 10 a 18 años, pudieran participar desde sus casas o establecimientos deportivos, hubiera sido mucho más lógico y económico que la asistencia con refrigerio se adaptara a esta nueva situación.”

Por último, Minder dijo que “los recursos que administran los funcionarios del gobierno son de la sociedad. Deben ser celosamente cuidados y administrados. Dentro de los principios de ética pública, adquiere suma relevancia la inhabilidad para proveer bienes o servicios al organismo del Estado en donde se cumple funciones. Es precisamente para preservar la imparcialidad y evitar que se sirvan de sus funciones para su beneficio particular, tal como lo dispone el art. 38 de la Ley I Nro. 70 de Ministerios.”

FUENTE: PRENSA ANITA MINDER