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SINDICATOS DEL CONTINENTE CONTRA LA «GESTAPO»

En ese marco expresó su más enfático rechazo a las «políticas de persecución, criminalización e inculpación de sindicalistas por parte de una planificada estrategia de funcionarios de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI); de la ex-gobernación de la provincia de Buenos Aires en épocas de gestión de la gobernadora María Eugenia Vidal, del ex Ministro de Trabajo provincial, Marcelo Villegas, y de otros responsables, que incluye a miembros del Poder Judicial de la República
Argentina.

En consideración a la gravedad de los sucesos, DECLARA:

  1. Que los hechos denunciados fueron conocidos en el curso de la pasada
    semana mediante filmaciones donde se aprecia la celebración de reuniones
    secretas realizadas en 2017 por funcionarios de esos rangos con el objetivo de
    trazar un plan para afectar y debilitar a organizaciones sindicales
    representativas de trabajadores del ámbito público y privado , llegando al
    extremo de proponer una “Gestapo” antisindical
    (https://www.youtube.com/watch?v=tTV2hSn18ic), según expresión literal del
    entonces Ministro de Trabajo de la Provincia;
  2. Es importante destacar que la política del gobierno de la provincia de Bs.As.
    estaba íntimamente relacionada con el proyecto del gobierno Federal del
    presidente Mauricio Macri, ejecutado en varias oportunidades mediante
    instrumentos como el espionaje, la acción policial y jurídica en contra de
    dirigentes sindicales sociales y políticos;
  3. Esta persecución y criminalización de dirigentes sindicales y sociales y de las
    protestas constituye una política conocida en las Américas, ya que obedece a
    la lógica del modelo económico neoliberal que privilegia el mercado y las
    ganancias por encima de los derechos de los trabajadores/as y de la población
    en general. Su aplicación es implementada por los gobiernos de derecha y de
    extrema derecha en nuestra región, que hace de su fundamentalismo neoliberal
    una práctica de ataque a la democracia y al propio estado de derecho;
  4. La visualización del video por la vía de redes sociales permitió verificar
    públicamente la gravedad de la situación, que significa una grosera persecución
    sindical que ha motivado la presentación de recursos por parte de las centrales
    sindicales argentinas ante organismos internacionales competentes en materia
    de Derechos Humanos;
  5. En casos similares, el Comité de Libertad Sindical de la Organización
    Internacional del Trabajo (OIT) tiene dicho que “En relación con la inculpación
    de dirigentes sindicales por sus actividades sindicales, el Comité señaló el
    peligro que para el libre ejercicio de los derechos sindicales representan las
    condenas pronunciadas contra representantes de los trabajadores en el
    ejercicio de actividades relacionadas con la defensa de los intereses de sus
    mandantes” (La Libertad Sindical. Recopilación de Decisiones del Comité de
    Libertad Sindical. OIT, 2018, pár. 154);
  6. En lo fundamental, los hechos verificados constituyen una flagrante
    violación de las garantías más elementales del Estado de Derecho,
    afectando los derechos ciudadanos y a la Democracia y su
    institucionalidad misma como ideal de convivencia social;
  7. En esta dirección, la Resolución sobre “Los derechos sindicales y su
    vinculación con las libertades civiles” de la OIT de 1970 ha reconocido que
    los derechos de las organizaciones de trabajadores se basan en el respeto de
    las libertades civiles y que “el concepto de libertades sindicales carece
    totalmente de sentido cuando no existen tales libertades civiles”.
    Entre las libertades civiles que son esenciales en sí mismas y como
    presupuesto del ejercicio de la libertad sindical figuran, según la Resolución de
    OIT, “el derecho a la libertad y la seguridad de la persona, y a la protección
    contra la detención y la prisión arbitrarias”; la “libertad de opinión y de expresión,
    y en particular, de sostener opiniones sin ser molestado” y el “derecho a
    proceso regular por tribunales independientes e imparciales”;
  8. La iniciativa ahora descubierta confirma la denuncia de las centrales sindicales
    argentinas efectuada en 2017 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
    (CIDH) por las acciones tomadas por el gobierno de la época para criminalizar la
    protesta social, estigmatizar dirigentes sindicales (incluyendo arrestos y detenciones)
    y jueces, restringiendo de diversas maneras la actividad sindical;
    En virtud de tales consideraciones, la CSA pide a las autoridades pertinentes de la
    República Argentina la urgente dilucidación y determinación de las
    responsabilidades de los partícipes de las reuniones y confabulaciones de
    manera firme para erradicar este tipo de maniobras lesivas de los derechos civiles,
    políticos y sindicales de las personas que trabajan.
    Finalmente, la CSA demanda a los organismos internacionales (OIT, CIDH, Corte IDH,
    CIMT, CELAC), que se mantengan atentos y vigilantes a la situación de persecución
    de la acción sindical, los sindicatos y a los dirigentes en nuestra región.

FUENTE: PRENSA SEMAB – CEA