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ORGANIZACIONES REPUDIAN DESALOJO EN GARUPA

El lunes 22 a las 7:30 hs. se acercaron efectivos de la policía de Garupá al asentamiento Barrio Nuevo para efectuar un desalojo sin un previo aviso. Este barrio se conformó en el año 1968 y en él viven 175 familias, según el Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP). Se vieron afectadas dos familias compuestas por dos madres solteras y tres menores de
edad que viven en el predio hace más de 5 años y que fueron detenidas siendo víctimas de maltrato tanto físico como psicológico por la policía.
La autorización de allanamiento y desalojo llegó desde el Juzgado n° 7, Sec.1 y responde al expediente 106861/2015.
Los afectados cuentan con un “permiso de ocupación” otorgado por el Intendente de la localidad, con el servicio formal de luz y el Certificado de Vivienda Familiar otorgado por el Gobierno Nacional a través del ANSES, enmarcado legalmente en el Decreto 358/2017 y Ley 27.453
“Regimen de Regularización Dominial para la Integración Socio Urbana” la cual establece, entre otros puntos: declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación la totalidad de los bienes inmuebles en los que se encuentran asentados los barrios populares y suspender por el plazo de cuatro años las acciones y medidas procesales que conduzcan al desalojo de los bienes inmuebles incluidos en el
ReNaBaP.
El poder ejecutivo y judicial siguen actuando sin tener en cuenta la vigencia de la Ley de Regularización Dominial e Integración Socio Urbana, incluso omitiendo la adhesión de la provincia
de Misiones aprobada el pasado 28 de Junio a dicha ley. Asimismo existen compromisos internacionales de derechos humanos ante procesos de desalojo, leyes nacionales y provinciales que
no fueron respetados.
Son más de 28.423 familias en Misiones las que son afectadas por este tipo de situaciones, las que viven en situación de pobreza en asentamientos, con la incertidumbre de que no se respete la ley
vigente y el miedo a un desalojo
Por lo tanto, exigimos a) la suspensión definitiva del desalojo iniciado y la expropiación de las tierras afectadas; b) que el Poder Judicial actúe en concordancia con los derechos y leyes vigentes, capacitado en la ley 27.453; c) y que el Poder Ejecutivo proteja a los vecinos de los barrios populares cuando se violen sus derechos.
El Estado debe ejercer un rol activo en la situación de vulnerabilidad de los vecinos y vecinas de los barrios populares e intervenir en términos de planificación y ejecución de políticas públicas acordes a la problemática, para que, partiendo desde una perspectiva de derecho, se garantice el justo acceso a un hábitat digno. Creemos que es el Estado, desde sus tres poderes, quien debe velar por garantizar que se cumplan los derechos de todas las partes involucradas y, en este sentido, es esencial
brindarle una respuesta y asistencia a la emergencia habitacional a las familias de manera inmediata y si recurrir a la violencia.

COMUNICADO DE BARRIOS DE PIE, MOVIMIENTO DE TRABAJADORES
EXCLUIDOS, MOVIMIENTO EVITA Y TECHO